Académico presentó la ponencia “Protección de los datos personales en la era digital: situación de las redes sociales en el caso chileno”.
El profesor de la Escuela de Derecho de Antofagasta de la Universidad Católica del Norte (UCN) Francisco Sanz, participó como expositor en el IV Congreso Internacional de la Red Iberoamericana de Estudios Jurídicos 1812, organizado por la Universidad de Mendoza (Argentina)
En la ocasión, el académico presentó la ponencia “Protección de los datos personales en la era digital: situación de las redes sociales en el caso chileno”, como parte del proyecto Fondecyt de Iniciación Nº 11221089, “Desafíos para la modernización de la Ley Nº 19.628 de 1999, de cara al alcance extraterritorial del Reglamento General de Protección de Datos de la Unión Europea GDPR”, financiado por la ANID.
Respecto a las conclusiones de la ponencia, el profesor Francisco Sanz señaló que “a nivel universal, una de las consecuencias de la frenética era digital que actualmente vive la humanidad -lo que incluso permite hablar de una suerte de ‘revolución digital’-, es su impacto en la modificación de la conducta de los individuos dentro del espectro del Internet. Ciertamente, Chile no ha sido ajeno a esta influencia y sus evidentes efectos en la esfera de las telecomunicaciones y el mundo digital, lo que por cierto involucra a las plataformas tecnológicas o ‘redes sociales’. En este contexto, y aprovechando el trabajo que la doctrina viene desarrollando en la detección de deficiencias respecto a las normas sobre protección de los datos personales -en especial, las de la Ley de Protección de Datos chilena LPD-, es posible identificar situaciones en las que estas fallas impactan sobre aquella información personal contenida o transmitida en dichas ‘redes sociales’”.
“En el escenario anterior, el limitado poder de disposición de los titulares respecto a sus datos personales, incluyendo la contenida en las plataformas tecnológicas, obliga a mirar el modelo del Reglamento General de Protección de Datos de la Unión Europa -o GDPR por sus siglas en inglés-, ya que la Unión Europea pretende dar a las personas más control sobre cómo se utilizan sus datos personales. Igualmente, la naturaleza ambigua de la noción ‘fuente accesible al público’ contenida en la LPD genera, en la praxis, que una excepción muy amplia para acceder a la información privada se transforme en una forma de desprotección, lo que determina que las ‘redes sociales’ --y en general la información contenida en ‘internet’- se convierta en información accesible al público”, puntualizó.
“Adicionalmente, la ausencia en Chile de una autoridad de control, independiente y especializada en materia de privacidad y protección de datos personales, investida de potestades de fiscalización, coerción y prevención, empuja al individuo afectado por el mal uso de sus datos personales en una red social a la utilización de la jurisdicción ordinaria, con todos los inconvenientes en costos y tiempo que esto genera: esta disyuntiva, hace imperativa la creación de un organismo con todas las potestades enunciadas, capaz de ejercer un rol de tutela efectiva de la información privada. Como una reflexión final, pensamos que una labor de perfeccionamiento de las normas sobre el resguardo de los datos personales, exige que la doctrina aborde la vocación de eficacia extraterritorial reconocida al GDPR, en lo que respecta a su contenido y efectos”, cerró.
Los organizadores del evento fueron la Dra. María Paula Quiroga Corti, coordinadora de la Red Iberoamericana de Estudios Jurídicos 1812 en la Universidad de Mendoza; el abogado especialista Diego Carbonell, decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de Mendoza; y el Dr. Juan Manuel López Ulla, coordinador General de la Red Iberoamericana de Estudios Jurídicos 1812.