Seminario fue organizado por la Escuela de Derecho de Antofagasta de la UCN.

Especialistas en la materia se dieron cita para dialogar en torno a la responsabilidad médica y la contingencia sanitaria, en un seminario organizado por la Escuela de Derecho de Antofagasta de la Universidad Católica del Norte (UCN).

En la oportunidad, expusieron el doctor Renzo Munita, académico de la Universidad del Desarrollo; Jaime Acevedo, fundador de la ONG Desinflámate para la medicina social; Rubén Cáceres, diplomado en Regímenes especiales de Responsabilidad Civil; y el doctor Cristian Aedo, profesor de Derecho Civil de la Universidad Católica de la Santísima Concepción. La jornada fue moderada por Aníbal Chacama, jefe de carrera de Derecho de Antofagasta de la UCN.

Rubén Cáceres hizo referencia a un reciente fallo en el Poder Judicial, en materia de entrega de información, explicando que el deber de información que pesa por sobre el prestador sanitario, en particular en materia de financiamiento GES, quiere decir que se entrega al paciente información sobre las condiciones previsionales de salud requeridas para su atención, y otros antecedentes respectivos con el financiamiento.

Para lo anterior, señaló, existe un registro en cuanto a los prestadores de salud que lo lleva la Superintendencia de Salud, y además el registro a propósito de las especialidades de los facultativos.

Por su parte, Cristian Aedo destacó que cuando se habla de responsabilidad médica, es importante señalar que se trata de un constructo complejo normativo y jurisprudencial. Además, explicó que una de las lecciones que se tienen que sacar al respecto es que no hay una manera unívoca de aproximarse a la responsabilidad médica.

En su intervención además situó la cuestión de la responsabilidad médica en el escenario actual y luego la confrontó con la responsabilidad sanitaria, explicando problemas en los que visualiza una cierta tensión.

Posteriormente, Renzo Munita expuso acerca de consideraciones sobre la responsabilidad médica en materia de infecciones asociadas a atenciones en salud, donde explicó que se puede pensar que una falta de servicio supone un hecho generador de responsabilidad patrimonial del estado, cuya valoración es independiente de la culpa, pero que discrepa del planteamiento, por cuanto estimo que la normalidad que se le reprocha al servicio no puede sino vincularse a un examen de diligencia.

Detalló al respecto que, en rigor, las cosas son por lo que son por naturaleza, sin que determinen por una u otra denominación, y aquí la naturaleza de la anormalidad no es otra que la culpa. Cerró explicando que si la esencia del régimen de responsabilidad civil por culpa se identifica con un sistema de distribución de riesgos sociales ordinarios, entonces no hay razones dogmáticas suficientes para considerar la responsabilidad por falta de servicio como un esquema independiente o separado de éste.

Finalmente, Jaime Acevedo se refirió a la responsabilidad sanitaria y las medidas contingentes para la pandemia, detallando que la vivencia de una pandemia, donde hay conocimiento científico suficiente como para que los estándares migren y se vuelvan realmente protectores, sin embargo, produce una disociación entre el conocimiento disponible y la regulación o la norma.

En su intervención invitó a reflexionar al respecto para no solo empatizar con las personas que se vuelven víctimas de esa disociación entre el lex artis y la praxis médica, detallando que hay allí un espacio para que el conocimiento difunda desde las instituciones hacia las personas. Si no existe ese sentido de misión garante respecto a un derecho humano, como es la salud ajena -señaló-, probablemente el proceso no va a llegar a puerto, y el mensaje que necesita el derecho a saber la información que requiere una persona para cuidar su salud y la de su familia, no va a terminar dándose, porque se va a mantener una brecha.

El registro de la actividad se puede revisar acá: https://bit.ly/3gNuGCO